¿Te has fijado alguna vez en si el envase de un producto cosmético indica su contenido neto en “gramos” o en “mililitros”? Detrás de esa letra pequeña se esconde un estricto conjunto de normas técnicas. Recientemente, el Instituto Nacional de Metrología, Calidad y Tecnología de Brasil (Inmetro) publicó un importante borrador de propuesta destinado a actualizar de forma exhaustiva las normas de etiquetado cuantitativo de los cosméticos en todo el Mercado Común del Sur (MERCOSUR/Mercosul). Esta actualización es fundamental para el cumplimiento de la normativa de exportación y repercute directamente en la transparencia para los consumidores.
I. Contexto normativo: revisión de una norma con 22 años de antigüedad
El 24 de abril de 2026, Inmetro publicó Consulta pública n.º 8 en el Diario Oficial de la Unión (Boletín Oficial de la República Federativa de Brasil), por el que se presenta un nuevo proyecto del Reglamento Técnico Metrológico del MERCOSUR sobre la indicación cuantitativa de los productos cosméticos (Proyecto de resolución n.º 02/25).
Este borrador está destinado a sustituir al antiguo Resolución n.º 50/00 del GMC, que está en vigor desde el año 2000 y que adapta los requisitos regionales a la evolución actual del mercado y a las normas internacionales en el marco del Subgrupo de Trabajo n.º 3 (SGT-3).
II. Requisitos fundamentales: División estricta por estado físico
Según el nuevo borrador, las declaraciones de contenido neto en los envases de productos cosméticos deben clasificarse rigurosamente en función de las características físicas y los estados de la formulación del producto:
1. Sólidos, semisólidos y mezclas sólido-líquido $\rightarrow$ Se debe utilizar la masa
- Unidades obligatorias: Gramos o kilogramos (g/kg)
- Productos aplicables: Cremas, ceras para el cabello, mascarillas de arcilla, productos para el cuidado de la piel en forma de pasta y exfoliantes que combinan ingredientes sólidos y líquidos.
2. Líquidos $\rightarrow$: se debe utilizar el volumen
- Unidades obligatorias: Mililitros o litros (mL / L)
- Productos aplicables: Champús, geles de ducha, brumas corporales, tónicos y sérums líquidos.
3. Geles $\rightarrow$: masa, volumen o ambos (¡Un cambio radical!)
- Este es el avance más significativo de la revisión. Los productos a base de gel ya no están obligados a cumplir con una única unidad obligatoria. En su lugar, las marcas pueden elegir el método de declaración que mejor refleje la naturaleza de su formulación (ya sea fluida o viscosa) o ajustarse a las prácticas internacionales:
- Por masa (g)
- Por volumen (mL)
- Doble declaración (g + mL)
- Productos aplicables: Geles para el pelo, champús en gel, limpiadores en gel y sérums a base de gel.
III. Opiniones de los ciudadanos: periodo de consulta de 60 días
Inmetro está recabando activamente comentarios y sugerencias de las partes interesadas del sector público, las organizaciones del sector y las asociaciones de consumidores con el fin de perfeccionar el borrador regional antes de que se incorpore a los marcos jurídicos nacionales de los Estados miembros del MERCOSUR:
- Plazo de consulta: 60 días a partir del 24 de abril de 2026.
- Fecha límite para el envío de propuestas: 23 de junio de 2026.
- Canal de envío: Las contribuciones deben presentarse exclusivamente a través de la plataforma del Gobierno brasileño “Participa + Brasil” (Brasil Participativo a través de https://brasilparticipativo.presidencia.gov.br).
- Nota importante: Los comentarios enviados a través de cualquier canal alternativo o no oficial no se aceptarán legalmente.
Resumen y perspectivas del sector
Una pequeña línea de texto en el envase de un producto cosmético tiene que ver con las normas del comercio internacional, la protección de los derechos de los consumidores y la agilidad del mercado. Esta modernización de las normas de etiquetado cuantitativo del MERCOSUR refleja una respuesta activa a las necesidades del sector, aportando mayor flexibilidad a los fabricantes de formulaciones en gel.
Los exportadores, fabricantes y propietarios de marcas blancas que suministran a Brasil y al mercado más amplio del MERCOSUR deberían seguir de cerca este borrador. Una vez aprobado a nivel del MERCOSUR, el texto se incorporará a la legislación nacional de cada uno de los países miembros sin modificaciones estructurales adicionales.
